SCJN declara inconstitucional penalizar la posesión de más de 5 gramos de marihuana

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización por portar más de cinco gramos de marihuana, siempre y cuando se demuestre que es para uso personal y no para tráfico o comercio.

Con tres votos a favor los ministros la SCJN elimina el castigo por portar una cantidad de marihuana.

El criterio no es obligatorio pero puede ser retomado en futuros amparos que sean promovidos ante jueces federales o en procesos penales en curso.

La sentencia también especifica que la inconstitucionalidad solo se refiere a la mariguana, manteniendo la prohibición para otras sustancias.

“Se reitera, no se declara la inconstitucionalidad del tipo penal que prevé la conducta delictiva de posesión simple de narcóticos en el artículo 477 de la Ley General de Salud, ni la despenalización de determinados estupefacientes o psicotrópicos como objetos del delito”, establece el proyecto.

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