Francia permite el matrimonio con personas fallecidas
En Francia, el amor puede vencer incluso a la muerte. Desde hace más de dos siglos, el país permite el matrimonio póstumo: una figura legal que autoriza a una persona viva a casarse con su pareja fallecida, siempre que se cumplan requisitos estrictos. Esta práctica poco común no responde a motivos románticos, sino a causas jurídicas, sociales y emocionales específicas.
El origen de esta ley se remonta a 1803, cuando se modificó para proteger a las viudas de guerra. Durante el siglo XX, cobró fuerza tras tragedias como el colapso de la presa de Fréjus en 1959, que causó más de 400 muertes. Una de las víctimas estaba comprometida y su prometida, embarazada, solicitó legalmente el matrimonio para evitar que su hijo naciera fuera de la unión. La presión pública motivó cambios legales que aún hoy permiten estas bodas bajo criterios excepcionales.
El artículo 171 del Código Civil francés establece que solo el presidente de la República puede autorizar un matrimonio póstumo por “causas graves” y siempre que se haya demostrado de forma inequívoca que el difunto tenía intención de casarse. Si se aprueba, los efectos legales del matrimonio se retrotraen a una fecha anterior al fallecimiento.
Cada año, el Ministerio de Justicia recibe cerca de cien solicitudes, pero solo una parte se autoriza. El expediente debe incluir pruebas sólidas del consentimiento del fallecido: cartas, fotografías, testigos o planes matrimoniales previos. El expediente es revisado por el Ministerio de Justicia, el Fiscal General y finalmente el Presidente, quien emite un decreto con la decisión. La falta de evidencia clara es motivo suficiente para rechazar el trámite.
La ceremonia es simbólica. El alcalde lee el decreto presidencial y una fotografía del fallecido ocupa el lugar reservado al contrayente ausente. No se pronuncian votos, sino que se valida el consentimiento otorgado en vida. Tras el acto, la persona viva se convierte legalmente en viuda o viudo, aunque no accede automáticamente a derechos patrimoniales como la herencia.
El matrimonio póstumo no crea un régimen económico compartido ni otorga beneficios legales como si el vínculo se hubiera contraído en vida. Sin embargo, puede tener implicaciones importantes para asuntos como la presunción de paternidad o el reconocimiento de derechos sociales, según el contexto familiar.
Este tipo de unión no responde a un culto al romanticismo, sino a una necesidad emocional y legal de quienes buscan cerrar una etapa inconclusa por la muerte repentina de su pareja. En la práctica, representa un recurso excepcional para regular situaciones familiares complejas y honrar la voluntad de quienes no alcanzaron a llegar al altar.
