ESTA ES LA MULTA POR TENER UN PERICO O LORO EN CASA EN MÉXICO EN 2025
En México, la Ley General de Vida Silvestre establece regulaciones para la conservación de especies de flora y fauna, y protege a los animales silvestres, incluidos los psitácidos como loros, pericos y guacamayas. Esta ley prohíbe la captura, venta y posesión de especies de vida silvestre que provengan de su hábitat natural dentro del país, sin la debida autorización.
Las consecuencias legales por tener un loro, perico o guacamaya en casa sin la debida autorización pueden incluir multas económicas y posibles penas de prisión. Las sanciones varían dependiendo de la gravedad de la infracción, pero en general las multas pueden ser elevadas. La Semarnat (Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales) es la autoridad encargada de supervisar y regular la fauna silvestre en México.
En el caso de los psitácidos, la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 también establece las especies que se consideran en riesgo de extinción, muchas de las cuales pertenecen a esta familia de aves. La posesión ilegal de estas especies no solo pone en riesgo la biodiversidad, sino que también es una infracción a las leyes ambientales del país.
Si alguien tiene un loro o perico sin la autorización adecuada, puede ser sancionado por la autoridad ambiental competente, y en algunos casos, las aves pueden ser confiscadas y reubicadas en un refugio o centro de rehabilitación.
En México, las multas por la posesión ilegal de especies de vida silvestre, como aves psitácidas (loros, pericos, guacamayas), pueden ser bastante altas. Las sanciones están estipuladas en la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General de Vida Silvestre.
La multa por poseer un animal silvestre sin los permisos adecuados puede variar dependiendo de la gravedad de la infracción, pero en general, los montos pueden oscilar entre 20 y 50 mil unidades de medida y actualización (UMA).
La UMA es una unidad que se utiliza para determinar el valor de las multas y otros pagos. Para 2025, el valor de la UMA es de $103.74 MXN. Por lo tanto, las multas por tener un loro, perico o guacamaya sin los permisos necesarios podrían ser:
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Mínimo: 20,000 UMA = $2,074,800 MXN
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Máximo: 50,000 UMA = $5,187,000 MXN
Estas cantidades son aproximadas y dependen de la evaluación de las autoridades ambientales sobre la situación y el daño causado. Además, en algunos casos puede haber sanciones adicionales como la confiscación del animal, acciones legales adicionales y, en casos graves, penas de prisión.