Cuánto te deben pagar por trabajar el lunes de puente
- El próximo 20 de marzo está marcado en la Ley Federal del Trabajo como día de asueto con motivo del Natalicio de Benito Juárez García celebrado un día después
Con motivo del nacimiento del expresidente Benito Juárez García, el 21 de marzo ha quedado en el calendario oficial como un día festivo para recordar a uno de los próceres del país. En ese sentido, al ser destacado como jornada de asueto en los calendarios escolares y de las personas trabajadoras, quienes laboren ese día deberán recibir más dinero por prestar sus servicios a un empleador.
De acuerdo con el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, “el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo” es considerado como un día de descanso obligatorio”. El día estipulado en el código coincidirá con el lunes 20 de marzo para el año 2023, es decir, un día antes del natalicio.
En ese sentido, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) afirmó que a las personas trabajadoras que realicen actividades laborales en la fecha estipulada deberán recibir el salario correspondiente al día normal más el doble.
Por otro lado, el artículo 75 del código que rige las actividades laborales afirma que los patrones y trabajadores deberán entablar un acuerdo para determinar al personal que cubrirá el horario laboral en dicho día. En ese sentido, después de definirlo:
“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”, de acuerdo con el mismo artículo.
En ese sentido, una persona que perciba el salario mínimo de MXN 207.44 diarios y haya acordado acudir a laborar el lunes 20 de marzo de 2023 deberá recibir la cantidad correspondiente a MXN 622.32 en total.
Por otro lado, si la persona labora en la zona libre, ubicada a lo largo de la frontera norte del país, el salario mínimo diario estipulado por las autoridades es de MXN 312.41. Ante ello, quienes trabajen el 20 de marzo deberán recibir la cantidad total de MXN 937.23.
La cantidad por haber laborado el lunes 20 de marzo de 2023 deberá verse reflejado en la nómina siguiente. En caso de no percibirlo, la persona afectada puede ponerse en contacto con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) a los teléfonos 01 800 911 7877 y al 01 800 717 2942 en un horario de 08:00 a 20:00 de lunes a viernes. De igual forma, enviar un correo a orientacionprofedet@stps.gob.mx.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio?
Además del tercer lunes de marzo, La Ley Federal del Trabajo contempla ocho fechas más como días de descanso obligatorio. Están distribuidos en siete meses diferentes, aunque pueden variar de acuerdo con el calendario particular de cada año. En ese sentido son:
– El 1o de enero;
– El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
– El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
– El 1o de mayo;
– El 16 de septiembre;
– El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
– El 1o de de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transición del Poder Ejecutivo Federal;
– El 25 de diciembre, y
– El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Cabe mencionar que el lunes 20 de marzo tampoco acudirán a clases los alumnos de educación básica, media superior y superior, pues tanto la Secretaría de Educación Pública (SEP), como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) contemplaron el día en sus calendarios oficiales para el ciclo escolar 2022-23 como día inhábil, de tal suerte que las actividades se reanudarán el martes 21 de marzo.
Fuente: Infobae