Nueva ley de telecomunicaciones exige CURP para contratar internet y permite geolocalización sin orden judicial

Con 77 votos a favor y 30 en contra, el Senado de la República aprobó en lo general una nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. El dictamen incluye medidas que han generado controversia, entre ellas la obligación de presentar CURP para contratar servicios de internet y la posibilidad de que autoridades soliciten la localización geográfica de celulares sin necesidad de orden judicial.

La ley también obliga a los concesionarios a conservar durante dos años los datos de sus usuarios y entregarlos a instancias de seguridad o justicia en un plazo no mayor a 24 horas, si así lo solicitan. Esto incluye información sobre llamadas, mensajes y ubicación de dispositivos. La medida ha sido calificada por algunos legisladores como una forma de vigilancia que podría vulnerar derechos fundamentales.

Uno de los puntos más polémicos es que la localización en tiempo real de dispositivos móviles podrá realizarse sin autorización judicial previa. Para el senador Ricardo Anaya, esto configura un “Estado espía”, ya que permite a las autoridades acceder a datos personales de manera inmediata. Además, alertó que el gobierno tendría la capacidad de suspender transmisiones que no reflejen pluralismo ideológico, lo que —dijo— equivaldría a censura.

La ley especifica que la libertad de expresión no será objeto de persecución judicial y que las comunicaciones privadas seguirán siendo inviolables. Sin embargo, organismos internacionales y defensores de derechos digitales han expresado su preocupación sobre el alcance y posibles abusos derivados de la implementación.

Desaparece el IFT y se prohíbe propaganda extranjera

Con la entrada en vigor de la nueva legislación, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) será sustituido por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. Esta nueva entidad absorberá las funciones del IFT, como la regulación del espectro radioeléctrico y la supervisión de los servicios de telecomunicaciones.

Junto con la agencia, se crea la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, un órgano desconcentrado con autonomía técnica y operativa, compuesto por cinco comisionados propuestos por el Ejecutivo y ratificados por el Senado. Esta comisión será la encargada de emitir resoluciones regulatorias sobre el sector.

Otro cambio relevante es la prohibición para concesionarios de prestar servicios de radiodifusión o plataformas digitales que transmitan propaganda política de gobiernos extranjeros. Se permiten únicamente contenidos de carácter turístico, cultural o deportivo. Las empresas que violen esta disposición podrían enfrentar multas de hasta el 5% de sus ingresos.

Según el dictamen, la nueva ley también busca garantizar el acceso a internet de banda ancha en zonas marginadas, beneficiando a más de 15 millones de personas. Asimismo, contempla el fortalecimiento de medios comunitarios, indígenas y afromexicanos, con el objetivo de reducir brechas tecnológicas y fomentar la inclusión.

Aunque se eliminó la facultad del Ejecutivo para bloquear temporalmente plataformas digitales —una disposición incluida en el artículo 109 y criticada por su potencial de censura—, la reforma mantiene aspectos que preocupan a defensores de la privacidad y libertad digital, como la geolocalización sin orden judicial y la entrega de datos sin supervisión judicial.

Para los impulsores de la iniciativa, como la senadora Lizeth Sánchez García, del PT, la reforma representa un avance hacia un país “más inclusivo, justo y conectado”. Pero sus detractores advierten que se trata de un retroceso en materia de derechos digitales y de privacidad, en un entorno donde el acceso a internet y el uso de datos personales se han vuelto esenciales para la vida cotidiana.

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